Como Se Paga Salud En Colombia?
El aporte total al sistema de salud es del 12.5% del Ingreso Base de Cotización, IBC (salario mensual), del cual el 8.5% está a cargo del empleador y el 4% corre por cuenta del empleado. El IBC no puede ser inferior a un salario mínimo mensual legal vigente ni superior a 25.
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¿Cómo se paga la salud en Colombia 2022?
En el caso de la salud, el aporte total es del 12,5 %. De ahí, el 8,5 % lo paga el empleador y el 4 % el trabajador. En otras palabras, el descuento por pensión y salud es del 8 % de su salario. La ARL y el pago a cajas de compensación lo asume el empleador.
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¿Cómo se paga la salud?
La prestación de salud equivale al 12.5% sobre el sueldo del trabajador y es asumida por las 2 partes, el empleador debe cubrir 8.5% y el empleado el 4% restante. El pago de esta se realiza mensualmente a la EPS y es responsabilidad del empleador hacer los descuentos y realizar los pagos.
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¿Cuánto me deben descontar de salud y pensión 2022?
De acuerdo con el artículo 18 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003, en la actualidad el tope o monto máximo de la base de aportes a la seguridad social corresponde a los 25 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Para los contratos laborales, el encargado de afiliar a los trabajadores a la seguridad social en Colombia es el empleador.
Por esto deberá diligenciar el formulario de afiliación a salud, pensiones, riesgos laborales y de cajas de compensación familiar, como indica el Ministerio de Trabajo. Sin embargo, muchos trabajadores colombianos no tienen claro cuánto se debe descontar de sus salarios para salud y pensión, por eso es importante tener esta información clara a la hora de revisar los pagos y los descuentos que se reciben por parte del empleador.
Acá se explica: El aporte legal para pensión es de 16 %, este porcentaje está dividido entre el 12 % que debe pagar el empleador, es decir la organización o empresa que contrata al empleado ; y el 4 % que deberá pagarlo directamente el trabajador y que se le descuenta en el momento de recibir su salario.
Es decir que si el trabajador recibe un salario mínimo legal vigente ($1′000.000) como sueldo, el descuento deberá ser de $40.000 por cada mes trabajado dentro del contrato laboral. Hay que tener presente que las personas que ganen más de cuatro SMMLV tendrán que aportar un 1 % más para pensión. Y, como indica Colfondos, si el sueldo supera los 16 salarios mínimos el porcentaje para aportar por el trabajador puede variar entre un 0,2% y 1 % más.
En el caso de los valores de salud, el aporte total es de 12,5 % que estará dividido entre el 8,5 % que debe pagar el empleador y el 4 % que pagará el empleado a través del descuento en su salario mensual. Por esto, si el trabajador recibe un salario mínimo cada mes, tendrá que pagar por su salud un total de $40.000.
- Por lo anterior, hay que tener muy presente que el descuento total de pensión y salud debe ser el 8 % del salario del trabajador en cada mes.
- Ya en casos de ARL y cobros a cajas de compensación, deberá asumirlo directamente el empleador.
- Recibir la mesada sin tener que desplazarse a una sucursal bancaria es uno de los beneficios que hoy aplauden muchos de los usuarios de los fondos de pensiones, quienes, gracias a la transformación digital impuesta en medio de la pandemia, ahora encuentran servicios más ágiles, personalizados y desde la comodidad de su casa.
Porvenir, por ejemplo, dispone de servicios ciento por ciento digitales, como la solicitud de la pensión, el retiro de cesantías y la plataforma de afiliación digital Porvenir Clic, con la que se han realizado más de 130.000 afiliaciones en línea, También, ha implementado el WhatsApp Empresarial para lograr un canal de comunicación mucho más efectivo; y con el fin de agilizar la atención en las oficinas, cuenta con Puntos Digitales distribuidos en el país.
Según Alejandro Gómez, vicepresidente de transformación corporativa de este fondo, “facilitar y acercar los servicios a través de canales electrónicos con el respaldo de una alta automatización de procesos ha representado una hoja de ruta, que, para este momento, ha significado inversiones que superan los 30 millones de dólares”.
Otro fondo que lanzó propuestas tecnológicas es Skandia Colombia. Santiago García, presidente de la compañía, asegura que desde hace algunos años ofrecen transacciones digitales para servicios como afiliación a pensiones obligatorias y voluntarias, así como asesoría de doble vía y retiro de cesantías por el portal web.
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¿Cuánto se le descuenta al trabajador por EPS?
El plan de salud en una EPS se financia a través de un descuento en la remuneración del colaborador o trabajador. Al elegir una EPS, el empleador que aporta normalmente el 9% de la remuneración de cada trabajador a ESSALUD traslada a la EPS elegida el 2.25% y el restante 6.75% se mantiene como aporte a ESSALD.
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¿Cómo se calcula el pago de salud y pensión?
En el caso del aporte a pensiones, el monto será del 16 por ciento. En el caso del aporte a pensiones, el monto será del 16 por ciento. El empleador debe asumir cierto porcentaje en el pago de las prestaciones sociales del empleado. Para los contratos a término fijo, la base para la cotización para salud y pensión debe ser calculada según el salario mensual del trabajador, el cual no podrá ser inferior al salario mínimo (908.526 pesos para 2021) o superior a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
(Le puede interesar también: Apps de transporte como Uber y Beat denuncian persecución del Gobierno ) ¿Cómo calcular el monto del aporte obligatorio a salud y pensión? Según expertos de Vélez Jaramillo Asociados Abogados, “para el caso del aporte a salud, el monto será del 12,5 por ciento de la base de cotización, del cual al empleador le corresponde el 8,5 por ciento y al empleado le corresponde el 4 por ciento”.
En el caso del aporte a pensiones, el monto será del 16 por ciento de la base de cotización, del cual el empleador asume el 12 por ciento y el empleado el 4 por ciento. “Si el empleado devenga un salario superior a cuatro salarios mínimos, este debe hacer un aporte adicional del 1 por ciento sobre el ingreso base de cotización destinado al Fondo de Solidaridad Pensional”, explicó el grupo de abogados.
Ejemplo con un contrato a término fijo Para ilustrar más el tema, te presentamos el caso de un trabajador con contrato a término fijo que gana un (1) SMMLV y cómo serían sus aportes. (Además, lea: ¡Trabajo sí hay! Claro abre 5.000 vacantes para apoyar la reactivación ) En este caso, la base de cotización sería 908.526 pesos, suma que corresponde al salario mínimo vigente en 2021.
Teniendo en cuenta que el monto del aporte para salud es del 12,5 por ciento, el valor del aporte total sería de 113.566 pesos. De este último valor, al empleador le corresponde el pago de 77.225 pesos (8,5 por ciento) y al empleado deberá pagar 36.341 pesos (4 por ciento).
Para pensión, el monto del aporte es del 16 por ciento, que con el salario base correspondería a 145.364 pesos, del cual se desprende el pago del empleador, correspondiente a 109.023 pesos (12 por ciento), mientras que el empleado pagaría el 4 por ciento, es decir, 36.341 pesos. Desde Vélez Jaramillo Asociados Abogados, también se indicó que los aportes al Sistema General de Riesgos Laborales serán calculados de acuerdo a la categoría del riesgo al cual esté expuesto el trabajador, según la función desempeñada.
Cabe precisar que el pago de estos aportes corre por cuenta del empleador y no del empleado. (Le puede interesar también: Todo lo que debe saber para presentar su declaración de renta ) DESCARGA LA APP EL TIEMPO Personaliza, descubre e informate.
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¿Cómo pagar salud y ARL?
Para pagar debe contactar a su operador de información, bien sea por internet o por teléfono, y utilizar el tipo de cotizante Independiente voluntario a riesgos laborales; el sistema le liquidará los aportes de salud, pensión y riesgos laborales, para que luego proceda con su pago.
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¿Cuánto cuesta la EPS en Colombia?
11.50 % de las tarifas pactadas por la EPS con las IPS, sin que el cobro por un mismo evento exceda del 28.70 % del SMLMV.17.30 % de las tarifas pactadas por la EPS con las IPS, sin que el cobro por un mismo evento exceda del 115.00 % del SMLMV.
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¿Cómo funciona el sistema de salud colombiano?
De una forma sencilla y simple, podemos decir que la salud en Colombia está compuesta por dos sistemas: uno contributivo, donde las personas aportan total o parcialmente el costo de su plan de salud; y otro subsidiado por el Gobierno y gratuito para los usuarios. El SISBEN, sistema subsidiado por el Estado, garantiza el servicio de salud a la población colombiana clasificada en condición de pobreza, por medio de hospitales públicos, y entidades e instituciones prestadoras de servicios de salud. La mayor parte de la población colombiana pertenece a este sistema, para finales del 2020 los usuarios activos en el SISBEN eran un poco más de 47 millones de personas, según la ADRES, entidad que administra los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Las EPS (Entidades Promotoras de Salud) administran el Plan de Beneficios en Salud-PBS (antes POS-Plan Obligatorio de Salud) que se encarga de prestar servicios de salud de los afiliados al régimen contributivo de salud, donde cada empleado, pensionado o independiente aporta mensualmente una suma de dinero, al igual que los empleadores, y que a la vez es un sistema solidario, es decir, que los que más ganan subsidian a los que menos ganan con el fin de garantizar el mismo servicio de salud para todos.
Este PBS incluye unos medicamentos, servicios o procedimientos específicamente autorizados, por fuera de estos deben ser asumidos por el usuario. Los Planes Complementarios de Salud, también establecidos por la Ley 100 del 93, son adiciones o complementos a los planes de las EPS, con el fin de tener acceso a una mejor calidad en el servicio de salud, permitiendo acceso directo a ciertos médicos especialistas sin tener que pasar por previa autorización del médico general, y mayor agilidad en asignación de citas médicas.
- Adicionalmente, permiten acceso a redes de atención médica y hospitalaria más amplias que las de las EPS, e incluso asistencia médica domiciliaria.
- Los planes de Medicina Prepagada, a diferencia de los planes complementarios no tienen que estar vinculados a la misma EPS y brindan acceso a especialidades y subespecialidades médicas sin previa autorización de un médico general.
Adicionalmente, los tratamientos médicos y coberturas son más amplias; por lo general, las compañías de Medicina Prepagada cuentan con una red propia de centros médicos, hospitales, así como centros de diagnóstico y odontología. Dentro de la oferta de servicios de estos planes también se incluye cobertura médica internacional en caso de viajes y atención médica domiciliaria.
Las Pólizas de Salud, al igual que los planes de Medicina Prepagada ofrecen acceso inmediato a especialistas de todo tipo pero se diferencian en que estos médicos no necesariamente tienen que pertenecer a un directorio médico establecido, las pólizas de salud cubren la atención de especialistas por fuera de este también.
Adicionalmente, las pólizas de salud se caracterizan por tener mayores coberturas en tratamientos de alto costo y enfermedades crónicas, e incluso brindan la posibilidad de recibir tratamientos médicos en el exterior. A su vez, cuentan con beneficios adicionales como rentas por hospitalización, gastos exequiales y asistencia médica en viajes, entre otros.
En cuanto a precio, evidentemente esta pirámide se invierte. Desde un SISBEN gratuito pasando por los planes contributivos, con costo adicional, y llegando a los planes complementarios, de medicina prepagada y pólizas de salud con mayores costos justificados en una mejor calidad y amplitud en la atención de salud.
En el caso de estas dos últimas, es importante tener en cuenta que entre más edad, en el momento de contratarlos, los costos aumentan, dada la probabilidad de tener mayores preexistencias de enfermedades que podrían incluso estar excluidas de la cobertura del plan.
- Es importante también tener presente los costos adicionales en estos planes como copagos y los límites de coberturas.
- Cuál es entonces el mejor seguro para ti y tu familia? Lo que recomiendo es evaluar las necesidades médicas tuyas y de tu familia, las coberturas que necesitas, el presupuesto que puedas destinar para pagarlo, las opciones de mayor cobertura en la ciudad donde vives, las experiencias de usuarios con ese servicio y las coberturas adicionales, para elegir el mejor en tu caso.
Adicionalmente es importante que mantengas un estilo de vida con hábitos saludables, pues al igual que la edad, actualmente son factores decisivos en el valor a pagar por estos planes. Si quieres saber más sobre este tema o tienes dudas adicionales, no dejes de contactarme, estaré dispuesta a brindarte la información necesaria.
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¿Cuánto se paga de salud con el salario mínimo?
¿Cómo calcular el monto del aporte obligatorio a salud y pensión? – Según expertos de Vélez Jaramillo Asociados Abogados, “para el caso del aporte a salud, el monto será del 12.5% de la base de cotización, del cual al empleador le corresponde el 8.5% y al empleado le corresponde el 4%”.
- En el caso del aporte a pensiones, el monto será del 16% de la base de cotización, del cual el empleador asume el 12% y el empleado el 4%.
- Si el empleado devenga un salario superior a cuatro salarios mínimos, este debe hacer un aporte adicional del 1% sobre el ingreso base de cotización destinado al Fondo de Solidaridad Pensional”, explicó el grupo de abogados.
En este enlace te contamos qué es el Fondo de Solidaridad Pensional Para ilustrar más el tema, te presentamos el caso de un trabajador con contrato a término fijo que gana un (1) SMMLV y cómo serían sus aportes. En este caso, la base de cotización sería $908.526, suma que corresponde al salario mínimo vigente en 2021.
Teniendo en cuenta que el monto del aporte para salud es del 12.5%, el valor del aporte total sería de $113.566. De este último valor, al empleador le corresponde el pago de $77.225 (8.5%) y al empleado deberá pagar $36.341 (4%). Para pensión, el monto del aporte es del 16%, que con el salario base correspondería a $145.364, del cual se desprende el pago del empleador, correspondiente a $109.023 (12%), mientras que el empleado pagaría el 4%, es decir, $36.341.
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Categoría del riesgo | Porcentaje a cotizar |
---|---|
I | 0.522% |
II | 1.044% |
III | 2.436% |
IV | 4.350% |
V | 6.960% |
¿Quién paga la salud en Colombia?
El aporte total al sistema de salud es del 12.5% del Ingreso Base de Cotización, IBC (salario mensual), del cual el 8.5% está a cargo del empleador y el 4% corre por cuenta del empleado.
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¿Qué debe pagar un empleador a sus empleados?
Obligaciones laborales en la contratación de un empleado en Colombia En este documento, se realiza un resumen general de la normativa laboral de Colombia para la contratación de personal local por parte de una empresa en Colombia.
DISPOSICIONES LABORALES PERTINENTES
- El artículo 127 del Código de Trabajo colombiano señala lo siguiente:
- El salario no es solo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino también todo lo que el empleado recibe en dinero o en especie como remuneración directa, en cualquier forma o denominación, por el servicio prestado, incluidos los sueldos extras, las bonificaciones regulares, las horas extraordinarias, el pago por trabajo durante los días de descanso obligatorios y comisiones.
- El artículo 128 del Código Laboral de Colombia establece:
Los pagos que no constituyen salario son las sumas que ocasionalmente y por simple generosidad del empleador son percibidas por el empleado, tales como bonificaciones, gratificaciones ocasionales, participación en las utilidades, excedentes de empresas de Economía Solidaria y cantidades que el empleado recibe en efectivo o en especie, no para su beneficio o para aumentar su patrimonio, sino para realizar adecuadamente sus funciones, tales como gastos de entretenimiento y transporte, y suministros de trabajo.
OBLIGACIONES LABORALES DE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL LOCAL POR UNA EMPRESA
Pagos a empleados que constituyen salario para propósitos colombianos
Los pagos que constituyen un salario son aquellos que proporcionan una remuneración directa por los servicios (por ejemplo, bonificaciones por productividad, bonificaciones por cumplir con las metas de ventas, bonificaciones por logros, etc.) También los pagos habituales pactadas por convención o contractualmente otorgadas por el empleador, en aquellos casos en los que el empleador y sus empleados no hayan celebrado un acuerdo “no salarial” respecto a los mismos.
Pagos a empleados que no constituyen salario para propósitos colombianos
- Los siguientes pagos no constituyen salario:
- – Pagos basados en la simple generosidad del empleador y distribuidos ocasionalmente (por ejemplo, primas, bonificaciones y recompensas otorgadas ocasionalmente);
- – Pagos de participación en los beneficios;
- – Pagos para facilitar la ejecución de las tareas de los empleados (por ejemplo, transporte y suministros de trabajo); y
– Beneficios “extralegales” que se brindan a los empleados de manera permanente en virtud de un contrato “no salarial”. En general, estos beneficios incluyen pagos para alimentación, para educación, primas extralegales y de atención médica prepagada. Dichos pagos no salariales pactados también están excluidos de las obligaciones laborales y no deben tenerse en cuenta en el cómputo del pago de la Seguridad Social si no superan el 40% del pago mensual, de lo contrario, la diferencia será la base para el pago de Seguridad Social (Ley 1393 de 2010 Artículo 30).
- Es importante tener en cuenta que el “acuerdo no salarial” debe ser muy específico y debe ser ejecutado por escrito y firmado tanto por el empleador como por el empleado.
- Es necesario señalar que no se mantendrá un convenio entre empleador y empleado sobre pagos no salariales, si los pagos o beneficios aplicables al empleado son retribuciones directas por los servicios prestados, por lo que podrían representar primas regulares por productividad, horas extraordinarias pagos, pago por trabajo en días de descanso obligatorios, comisiones, bonificaciones por el cumplimiento de las metas de ventas marcadas por el empleador, incentivos por cumplir con los plazos comerciales, etc.
Los puntos 2.1.1 a 2.1.4.3 que se enumeran a continuación se aplican solo a los «salarios» y no deben aplicarse a la remuneración no salarial proporcionada al empleado.2.1.1 Riesgo profesional – (ARL) El artículo 2 del Decreto 1295 de 1994 establece que la finalidad principal del Sistema General de Riesgos profesionales, entre otros, es proteger a los empleados en caso de incapacidad temporal o permanente resultante de un accidente de trabajo, enfermedad profesional o fallecimiento.
De acuerdo con este Decreto, los empleadores deben cubrir los riesgos de los empleados nacionales y extranjeros que sean parte de un contrato de trabajo. El empleador debe aportar un porcentaje del salario del empleado al sistema de riesgos profesionales. Los porcentajes oscilan entre el 0,522% y el 6,96%, según el nivel de riesgo asignado al trabajo del empleado.
Esta contribución solo se aplica al empleador. La base para el cálculo totaliza el salario del empleado hasta 25 salarios mínimos mensuales. Si el empleado gana un salario integral (como se define a continuación), la base totaliza el 70% del salario mensual del empleado hasta 25 salarios mínimos mensuales.2.1.2 Normativa de Aportes Parafiscales El pago de los aportes sobre la nómina es una obligación de los empleadores domiciliados en Colombia.
- La Ley 21 de 1982 dispone que todos los empleadores que contraten a uno o más empleados permanentes deben pagar impuestos sobre la nómina a una tasa del 9% de la nómina mensual total.
- En el caso de un salario integral (como se define a continuación), la base de cálculo totaliza el 70% del salario del empleado.
Si una Compañía tiene un empleado de menos de 10 salarios mínimos ($ 8,778,020 para el año 2020), el empleador no pagará el 5% de las contribuciones de nómina.2.1.3 Beneficios por Prestaciones sociales a) Cesantía: Durante la vigencia del contrato de trabajo y al término del contrato de trabajo, las cesantías consisten en un mes de salario por año de trabajo (con base en el salario del último mes, siempre que no se haya modificado durante los últimos tres meses).
- Si se modificó el salario, se toma en cuenta el salario promedio de los últimos 12 meses para determinar la cesantía anual.
- Este pago tiene que ser depositado en una cuenta del fondo de cesantía seleccionada por el empleado para su beneficio.
- Los depósitos deben realizarse antes del 15 de febrero del año siguiente al que corresponda la cesantía.
Por ejemplo, la cesantía para 2020 debe depositarse antes del 15 de febrero de 2021. b) Intereses de cesantías : Cada año se devengan intereses que ascienden al 12% del saldo adeudado de cesantía al 31 de diciembre. Dichos intereses se pagan directamente al empleado en enero del año siguiente o en forma proporcional al término del contrato de trabajo.
- C) Prima Legal: la prima por servicio consiste en el salario de un mes por año, la mitad del cual se paga en junio y la otra mitad en diciembre.
- La prima es proporcional al tiempo trabajado durante un semestre calendario.
- D) Vacaciones: Las vacaciones constan de 15 días hábiles por año o en proporción del tiempo trabajado.2.1.4 Sistema General de Seguridad Social Todos los empleados en Colombia, sean nacionales o extranjeros, deben estar inscritos en el Sistema de Seguridad Social.
El Sistema de Seguridad Social brinda beneficios al asegurado y sus dependientes en caso de accidentes de trabajo, enfermedad, jubilación, pensión de vejez y fallecimiento. Actualmente están vigentes las siguientes cotizaciones sociales: 2.1.4.1 Sistema General de Salud La normativa de la Seguridad Social establece que todos los habitantes del país deben estar afiliados al Sistema de Salud.
- Las cotizaciones garantizan el plan de salud obligatorio para el empleado y algunos miembros de su familia.
- El aporte de salud asciende al 12,5% del salario mensual percibido.
- En todo caso, el salario base totalizará al menos un salario mínimo mensual.
- El salario base máximo asciende a 25 salarios mínimos mensuales.
Para los empleados con salario integral, la base de cálculo totalizará el 70% del salario hasta 25 salarios mínimos mensuales. Del total del aporte, 2/3 lo asume el empleador (8,5% del salario mensual) y 1/3 lo asume el empleado (4% del salario mensual).
Si una Compañía tiene un empleado de menos de 10 salarios mínimos ($ 8,778,020 para el año 2020), el empleador no pagará el 8.5%.2.1.4.2 Aportes al Fondo de Pensiones Generalmente, todos los trabajadores deben estar afiliados al plan de pensiones obligatorio. Un empleado extranjero podría afiliarse al sistema de pensiones de forma voluntaria si mantiene un fondo de pensiones en su país de origen.
Es decir, no es obligatorio que cotice a la pensión si mantiene un fondo de pensión en su país. Los aportes al Fondo de Pensiones para el año 2020 es de 16% del salario base del empleado. El empleado asume un aporte del 4% de su salario base y el empleador asume un aporte del 12% del salario base del empleado.
Los aportes para los empleados con salario integral se basan en el 70% del salario hasta 25 salarios mínimos mensuales. Asimismo, la base de cálculo de los empleados que perciban un salario ordinario no podrá exceder los 25 salarios mínimos mensuales.2.1.4.3 Aportes al Fondo de Solidaridad Pensional Los aportes al Fondo de Solidaridad Pensional corresponden al 1% del salario base de un empleado y deben ser pagadas por los empleados que devengan más de cuatro salarios mínimos mensuales (SLMV).
Un empleado que gana 16 SLMV o más tiene que pagar una contribución adicional que oscila entre el 0,2% y el 1% de su salario. Estas contribuciones son responsabilidad completa del empleado y no están sujetas a impuestos.
TIPOS DE REMUNERACIONES LABORALES VIGENTES EN COLOMBIA
Un empleado puede recibir dos tipos de salarios en Colombia. Salario Ordinario: Un empleado que recibe un salario ordinario tiene derecho a recibir, además de un salario mensual fijo o variable, los siguientes beneficios: cesantías, intereses a las cesantías, prima de servicios y pago de vacaciones.
Salario Integral: Cuando un empleado devenga un salario superior a 10 veces el salario mínimo mensual, podrá acordar con el empleador recibir un salario integral, el cual no podrá ser inferior a 10 salarios mínimos mensuales más un factor de carga prestacional que no sea menor del 30% del salario del empleado (el salario mínimo integral para el año 2020 es de $11.411.426).
El factor prestacional del 30% cubre las cesantías, los intereses de la cesantía y la prima de servicios. El factor prestacional no cubre el pago de vacaciones.
IMPUESTOS SOBRE EL PAGO DE LA REMUNERACIÓN
Retención de impuestos sobre pagos laborales
Todos los empleadores colombianos deben aplicar retenciones en origen sobre los pagos derivados de una relación laboral; la tasa de esta retención variará desde el 0% hasta el 39% dependiendo del monto del salario del empleado. En este punto, la normativa colombiana permite disminuir la base de retención con algunos conceptos; entre otros podemos mencionar: pagos indirectos, pagos por alimentación, aportes a fondos de pensiones, aportes a fondos de Salud, pagos por intereses pagados por créditos hipotecarios, entre otros.
COSTO MENSUAL DE UNA EMPRESA EN LA CONTRATACIÓN DE UN EMPLEADO CON SALARIO ORDINARIO
A continuación, se detalla el costo mensual a incurrir por la empresa en la contratación de un empleado con salarios ordinario. F = Salario * 1,3835% y/o 1.5185% (si el empleado devenga más de 10SMLV)
Concepto | Empleado que devenga menos de 10 SMLV | Empleado que devenga más de 10 SMLV |
Cesantías | 8,33% | 8,33% |
Intereses Cesantías | 1,00% | 1,00% |
Prima de Servicios | 8,33% | 8,33% |
Vacaciones | 4,17% | 4,17% |
Salud | 0,00% | 8,50% |
Pensión | 12,00% | 12,00% |
ARL | 0,52%* | 0,52%* |
Caja de compensación | 4,00% | 4,00% |
ICBF | 0,00% | 3,00% |
Sena | 0,00% | 2,00% |
38,35% | 51,85% | |
*Depende del riesgo. |
Obligaciones laborales en la contratación de un empleado en Colombia
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¿Cuánto es el descuento por planilla?
Renta de 5ta Categoría
Suma de la Renta Neta de Trabajo | Tasa |
---|---|
Hasta 5 UIT | 8% |
Más de 5 UIT hasta 20 UIT | 14% |
Más de 20 UIT hasta 35 UIT | 17% |
Más de 35 UIT hasta 45 UIT | 20% |
¿Qué pasa con la EPS si me quedo sin trabajo?
Una vez desvinculado el trabajador o que el independiente haya informado a la EPS de la suspensión del servicio. Dicha entidad queda obligada a seguir brindando el servicio al cotizante y sus beneficiarios por un tiempo adicional. – Una vez el empleador reporta el retiro en la Planilla Pila de un trabajador, o en el caso de los independientes que también informe su retiro, por ejemplo, por no tener ingresos para seguir cotizando y así no entrar en mora, no significa que la EPS automáticamente deja de prestar todos los servicios de salud al ex cotizante y sus beneficiarios, pues la legislación consagra un periodo de protección laboral con el cual se extiende los servicios de la EPS según el tiempo que alcanzó a cotizar la persona.
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¿Cómo se calcula la salud en la nómina?
Aportes a salud. – El trabajador debe estar afiliado al sistema de salud. La cotización por salud que corresponde al 12.5% de la base del aporte, se hace en conjunto con la empresa. Ésta última aporta el 8.5%, y el empleado debe aportar el 4% restante. Ese 4% es el valor que se debe descontar (deducir) del total devengado a cargo del empleado.
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¿Cuánto le cuesta un empleado a una empresa en Colombia 2022?
¿En cuánto quedó el salario mínimo 2022? – Los colombianos recibirán $1.000.000 COP mensual y adicionalmente contarán con un auxilio de transporte de $117.000 COP. Así las cosas, el salario mínimo 2022 pasó de $908.456 en 2021 a $1 millón para el 2022, con un aumento de $91.488.
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¿Cuánto se paga por ARL 2022?
En el caso de la salud, el aporte total es del 12,5 %, de este porcentaje el 8,5 % lo paga el empleador y el 4 % el trabajador. Así las cosas, el descuento por pensión y salud es del 8 % de su salario si es empleado y la ARL y el pago a cajas de compensación lo asume el empleador.
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¿Cómo pagar la EPS Sura como independiente?
1 Debito Automático Con este medio de pago despreocúpate por las fechas limites de pago y desplazamientos. Comunícate con tu asesor comercial o con la línea de atención al cliente de tu ciudad: Bogotá 601 489 79 41, Medellín 604 448 6115, Cali 602 380 8941, Barranquilla 605 319 79 01 ó en nuestra Línea nacional 018000 519 519 y solicita el cambio a este medio de pago.4 Cupón de pago de Pago Express Ingresa a www.epssura.com/plancomplementario elige Pago Express.
- Por este medio puedes imprimir el cupón con el que puedes pagar en Oficinas principales Bancolombia, Oficinas principales Banco de Bogotá, Surtimax, Éxito, Carulla, corresponsales Bancolombia, Oficinas principales Banco BBVA, Oficinas principales Banco Davivienda y sus corresponsales bancarios.
- Ten presente que este cupón de pago tiene una vigencia de 3 días hábiles.
*No todas las sedes están habilitadas. Conoce aquí las sedes habilitadas 5 Convenio Sucursales Bancolombia (Oficinas Principales) Realiza tu pago con el código de convenio 69858 + referencia (Número de identificación del tomador) en sucursales Bancolombia.
- No aplica en sucursales del banco ubicadas dentro de almacenes de cadena, ni corresponsales Bancolombia.
- Conoce aquí las sucursales habilitadas 7 Convenio Corresponsales Aliados Realiza tu pago con código de convenio 3425 + referencia (Numero de identificación del tomador) *No todos los corresponsales están habilitados.
Conoce aquí los corresponsales habilitadas
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¿Cómo se paga la sanidad pública en España?
Se paga con los impuestos – Desde la plena aplicación a finales del pasado siglo de la ley 24/ 97 de 15 de julio de Consolidación y Racionalización del Sistema de Seguridad Social, de acuerdo con las recomendaciones del pacto de Toledo, la sanidad pública no depende ni a nivel jurídico ni a nivel económico de la Seguridad Social.
Las cotizaciones sociales que se detraen cada mes de la nómina de los trabajadores financian las prestaciones económicas de la Seguridad Social, por ejemplo, pensiones de jubilación, viudedad, orfandad, prestaciones de maternidad y paternidad, y las prestaciones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
La atención sanitaria, al ser un derecho de ciudadanía que en España se presta de forma universal y gratuita, se financia con impuestos, Igual sucede con las medicinas, gratuitas para los pensionistas y de las que los trabajadores en activo pagan un porcentaje, situación que ya existía antes de que se produjera la citada separación de fuentes de financiación de la sanidad y la Seguridad Social.
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¿Cuál es la forma de pago?
La forma de pago hace referencia al medio con el cual se realizó el pago, es decir, si este se liquidó mediante efectivo, tarjeta de crédito, débito, vales de despensa, cheque, efectivo, etc.
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