Que Es Un Plan Cerrado De Salud?

26.02.2023 0 Comments

Que Es Un Plan Cerrado De Salud
Plan Cerrado: Es aquél cuya estructura sólo contempla el financiamiento de las atenciones de salud a través de determinados establecimientos de salud individualizados en el plan.
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¿Qué significa un plan cerrado?

– Plan cerrado : aquél cuya estructura sólo contempla el financiamiento de todas las atenciones de salud a través de determinados prestadores individualizados en el plan, no previéndose el acceso a las prestaciones bajo la modalidad de libre elección.
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¿Qué significa cobertura cerrada?

4 claves para entender los planes de salud de las isapres Aunque existen más de 55 mil alternativas de planes de salud de las instituciones de salud previsional privadas (isapres), éstos tienen características comunes que deben entenderse para saber qué plan contratar y cuáles son sus beneficios y limitaciones.

“Lo primero es tener claro cuáles son las necesidades y expectativas en relación con los servicios de salud, las enfermedades que afectan al grupo familiar, a qué establecimientos prefieren acudir y si existen enfermedades crónicas que deban estar especialmente cubiertas”, explica la directora de la carrera de Medicina de la U.

San Sebastián, Francisca Navarro.

  • Una vez claras las necesidades de salud, la también ex jefa de fiscalización de la Superintendencia de Salud, explica cuáles son las cuatro características claves para entender los planes de las isapres:
  • 1.-Tipos de planes de salud:
  • Libre elección: El beneficiario podrá atenderse en cualquier clínica u hospital que elija, obteniendo la misma cobertura independiente del prestador de salud que escoja.

Preferentes: Quiere decir que el usuario con cobertura preferente en una o varias clínicas u hospitales, accederá a un alto porcentaje de cobertura, incluso hasta 100%, y generalmente sin tope en la mayoría de las prestaciones. No obstante, si se atiende en otros prestadores de salud éstas tendrán cobertura, pero será menor.

  • Cerrados sólo tienen cobertura si el beneficiario se atiende en la clínica u hospital que indica el plan.
  • Si por el contrario, se acude a otros recintos, el plan no cubrirá la atención.
  • Es una buena alternativa si se tiene un lugar de preferencia para atenderse ya que estos planes tienen un menor precio.2.-Coberturas Cobertura hospitalaria: Es la cobertura que se obtiene cuando la prestaciones de salud a otorgar requieren hospitalización.

Éstas son de menor frecuencia y mayor precio.

  1. Cobertura ambulatoria: Es la cobertura que se obtiene cuando la atención requerida se realiza en centros de atención ambulatoria, prestaciones de mayor frecuencia y de menor precio.
  2. “Aquí es importante priorizar la consulta médica, el día cama y los honorarios medico quirúrgicos por tratarse de las prestaciones de mayor frecuencia de uso y gasto”, destaca Navarro.
  3. 3.-Prestaciones con coberturas restringidas:

Son aquellas prestaciones que en forma excepcional no tendrán la cobertura normal del plan. Se indican en un recuadro especial y en general tienen sólo una cobertura del 25%. Éstas suelen ser atención: psiquiatría, psicología, cirugía bariátrica y cirugía refractiva.

También las prestaciones relacionadas al embarazo en aquellos planes con cobertura reducida de parto.4.- Topes de cobertura: “Es muy importante fijarse en los topes por prestación y en el tope anual por las prestaciones, sobre todo para el caso de fonoaudiología, kinesiología, psicología y psiquiatría que suelen ser las más restringidas”, dice la experta USS, quien agrega que “es habitual que estos topes sean muy bajos, eso implica que el pago por cada consulta sea alto o que el tope anual no permita cubrir un tratamiento de varias sesiones”.

En los planes hay tres tipos de tope: por evento o prestación, por prestación anual y el tope general del plan. Así por ejemplo: “Sí en un plan de libre elección dice 100% de cobertura con tope de 1 UF significa que la isapre cubre todo el valor, siempre y cuando la prestación cueste menos de 1 UF.

  • Por eso agrega que antes de elegir se deben revisar detalladamente los porcentajes de cobertura y el tope por prestación y el tope anual por beneficiario (atención ambulatoria, hospitalización, medicamentos), que cada plan ofrece.
  • Además sostiene que “hay que poner atención si tiene cobertura reducida de parto o es con maternidad incluida, ya que es un hecho que las mujeres pagan más que los hombres”.
  • El 31 de marzo vence el plazo que tienen las isapres para informar los reajustes en el precio de sus planes de salud.

: 4 claves para entender los planes de salud de las isapres
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¿Qué significa Plan cerrado en Swiss Medical?

Sistema Cerrado : Se cubre 100% del tratamiento, por única vez, en los centros designados por Swiss Medical Medicina Privada (hasta los 15 años de Edad). Consulta de Mantenimiento con cargo. Sistema Abierto: Topes y Límite de Edad según Plan Odontológico del Asociado.
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¿Qué es sistema abierto y cerrado en prepaga?

El derecho a la salud. La Ley de Medicina Prepaga y su reglamentación

  • Autor: Casares, Mónica
  • Fecha: 12-dic-2011
  • Cita: MJ-DOC-5636-AR | MJD5636
  • Sumario:

I. Introducción. II. La medicina prepaga. III. La Ley de Medicina Prepaga y su reglamentación. IV. Conclusiones.

  1. Doctrina:
  2. Por Mónica Casares (*)
  3. I. INTRODUCCIÓN

La salud es un bien preciado de la población, uno de los considerados fundamentales y de primera necesidad. No en vano, muchas veces el dicho popular expresa como bendiciones: «salud, dinero y amor».

  • El individuo saludable puede realizar sus proyectos libremente, canalizar su energía en la producción de bienes y servicios y mirar al futuro con decisión.
  • Así es que la Organización Mundial de la Salud establece que salud es el estado completo de bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de enfermedad.
  • Tomando en cuenta esta necesidad primaria, la forma de satisfacerla dependerá de los mecanismos que brinde el Estado para optimizar los servicios (medicina privada, pública y mixta) y de la posibilidad de acceso de la población a los mismos.
  • El derecho a la salud ha sido consagrado constitucionalmente en el art.42 de nuestra Carta Magna, al expresar que
  • «los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho a la protección de su salud».
  • Se expiden en igual sentido la mayor parte de las constituciones provinciales y aun profundizando la noción.

Una de las formas de satisfacción de este derecho, a través de mecanismos privados, ha generado la empresa de salud o empresa de medicina prepaga, quien adquiriera tipicidad social desde hace varias décadas, hasta que finalmente este año se ha sancionado la Ley 26.682 de Medicina Prepaga y, posteriormente, reglamentado mediante Decreto 1993/11,

II. LA MEDICINA PREPAGA La medicina prepaga se ha impuesto como necesidad de la segunda mitad del siglo XX y actual siglo XXI teniendo en cuenta los magros presupuestos públicos destinados al sector salud, que hicieron germinar iniciativas privadas.En Argentina, especialmente en la década de los años noventa, el contrato era utilizado por una importante cantidad de población correspondiente a la clase media.

Entre otras causas de esta génesis se describe la desaparición del médico de cabecera de familia, al que normalmente acudía el usuario, que se fuera extinguiendo paulatinamente por motivos económicos y por la necesidad de acudir a otras especialidades médicas que contemplasen los distintos problemas de salud.

  1. Quienes aceptan los sistemas privados empresariales encuentran desventajas en el sistema público fundadas en su ineficiencia, falta de aparatología médica nueva o en buenas condiciones de funcionamiento, inconvenientes económicos que impiden la optimización del sistema, turnos muy postergados para el tratamiento de afecciones que no pueden esperar y la imposibilidad económica de que el beneficiario pueda acceder a los servicios de salud abonando en forma particular cada uno de ellos.
  2. A su vez, la mejor posibilidad que tiene la empresa, quien posee un conocimiento científico-técnico que le permite contratar una red de servicios de salud implementando un sistema contractual de servicios médicos (médicos y otros profesionales de la salud, centros de internación y quirófanos, farmacias, ópticas, ortopedias y personal secundario), hace que quien pueda acceder al servicio lo contrate en forma privada.
  3. Con el advenimiento de avances científicos, tecnológicos y empresariales, la relación médico-paciente llega a modificarse alcanzando a la nueva la relación del empresario y del cliente, usuario o beneficiario con una dinámica propia de las nuevas realidades sociales y económicas.

Desde esa perspectiva, aparece la figura del gerenciador, quien capta previamente ahorros destinados a prestaciones de salud de los particulares que prevén, cuando se encuentran saludables, posibles consecuencias futuras. Se ha dicho que «una persona contrata sin saber si se va a enfermar o no, y por esta razón es que está dispuesta a pagar menos dinero que si fuera un acontecimiento seguro.Si ya estuviera enferma o existiera una posibilidad cierta, tendría que ir al médico y pagaría más.

  • Es así que se configura el contrato de medicina prepaga como «El contrato mediante el cual una de las partes se obliga a prestar servicios médicos a los pacientes, por sí o por terceros, sujeto a la condición suspensiva de que se dé una determinada enfermedad en el titular o beneficiarios, contra el pago de un precio anticipado y periódico» (2).
  • Sustentando a este, el sistema de medicina prepaga, como la «Empresa de intermediación que opera mediante la captación del ahorro en forma anticipada contra la dación futura en condiciones predeterminadas de atención médica, por medios propios o contratados, lo que solo puede hacerse si existe una pluralidad de vínculos» (3).
  • Este sistema de conexidad contractual conforma un plexo dentro del cual pueda el beneficiario acceder a los servicios de salud en forma completa.
  • Un elemento que caracteriza al contrato es la aleatoriedad, dado que si bien el beneficiario se encuentra obligado al pago de un canon en forma mensual, las partes no conocen con exactitud la frecuencia con que utilizarán los servicios médicos ni su cantidad o calidad.

El acuerdo entre empresa y beneficiario se manifestará a través de tres sistemas: abierto, cerrado y mixto, con implicancias legales en cuanto a la responsabilidad empresarial. El sistema abierto, al estilo del seguro de salud, cubrirá al beneficiario a través de reintegros por los que podrá elegir profesionales médicos que se encuentren fuera del sistema.

  • El cerrado, con un médico de cabecera impuesto por la empresa, que en el caso derivará luego a los especialistas.Y el mixto, que permitirá al usuario elegir profesionales seleccionados a través de una cartilla.
  • Los contratos son predispuestos y de cláusulas o condiciones generales, pues abarcarán una cantidad global de beneficiarios o de usuarios.

III. LA LEY DE MEDICINA PREPAGA Y SU REGLAMENTACIÓN Luego de un arduo debate parlamentario fue sancionada la Ley 26.682, que da el encuadre jurídico a este contrato, que ya había adquirido precedentemente tipicidad de carácter social. La normativa en cuestión corresponde en primer lugar a la Ley de Medicina Prepaga 26.682, que fuera sancionada el 4 de mayo de 2011, la Resolución 1276, de fecha 19 de agosto de 2011, el Decreto 1991/11 y el Decreto 1993/11 -que reglamenta la ley-, ambos de fecha 29 de noviembre de 2011.

  1. La norma instituye algunas premisas básicas
  2. a. Definición
  3. Define a las empresas de medicina prepaga estableciendo que
  4. «A los efectos de la presente ley se consideran Empresas de Medicina Prepaga a toda persona física o jurídica, cualquiera sea el tipo, figura jurídica y denominación que adopten cuyo objeto consista en brindar prestaciones de prevención, protección, tratamiento y rehabilitación de la salud humana a los usuarios, a través de una modalidad de asociación voluntaria mediante sistemas pagos de adhesión, ya sea en efectores propios o a través de terceros vinculados o contratados al efecto, sea por contratación individual o corporativa» (4).
  5. b. Autoridad de aplicación
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Dispone como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud de la Nación, en un principio, a través del texto de la ley (5). Dispone posteriormente la normativa que lo hará a través de la Superintendencia de Salud de la Nación (6).c.Objeto La Ley de Medicina Prepaga 26.682 establece específicamente que «La presente ley tiene por objeto establecer el régimen de regulación de las empresas de medicina prepaga, los planes de adhesión voluntaria y los planes superadores o complementarios por mayores servicios que comercialicen los Agentes del Seguro de Salud (ASS) contemplados en las leyes 23.660 y 23.661.

  • Quedan excluidas las cooperativas y mutuales, asociaciones civiles y fundaciones; y obras sociales sindicales».
  • Ahora bien, es oportuno advertir que las disposiciones ministeriales posteriores precedentemente citadas y la reglamentación han modificado sustancialmente la normativa establecida por la ley de base.

Por lo que es necesario establecer el panorama actual luego de la reglamentación. El Decreto 1991/11 en sus considerandos establece que la regulación del sistema de salud debe integrar y articular a todos los subsectores involucrados y que algunos han quedado excluidos, por lo que se necesitaba armonizar el régimen instaurado.

  1. Y por lo tanto «esa circunstancia ocasiona distorsiones en la actividad de la salud y en consecuencia un perjuicio para los usuarios, al existir entidades que no se encuentran obligadas al cumplimiento de las disposiciones de la Ley 26.682».
  2. Por tanto establece que «quedan también incluidas en la presente ley las cooperativas, mutuales, asociaciones civiles y fundaciones cuyo objeto total o parcial consista en brindar prestaciones de prevención, protección, tratamiento y rehabilitación de la salud humana a los usuarios, a través de una modalidad de asociación voluntaria mediante sistemas prepagos de adhesión, ya sea en efectores propios o a través de terceros vinculados o contratados al efecto, sea por contratación individual o corporativa.

En todas aquellas actividades que resulten ajenas a dicho objeto continuarán rigiéndose por los respectivos regímenes que las regulan» (7). Y finalmente la reglamentación incluye también a «las obras sociales comprendidas en el art.1 de la Ley 23.660 y las entidades adheridas o que en el futuro se adhieran como agentes del seguro al Sistema Nacional del Seguro de Salud regulado en la Ley 23.661, por planes de salud de adhesión voluntaria individuales o corporativos, superadores o complementarios por mayores servicios médicos que comercialicen.

En todo lo demás dichas entidades continuarán rigiéndose por los respectivos regímenes que las regulen» (8).d. Creación del Registro Nacional de Salud y del Padrón de Usuarios Uno de los aspectos novedosos de la ley se encuentra en la creación de un Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga en la órbita de la autoridad de aplicación (9).

En este registro deben inscribirse aquellos sujetos que han sido individualizados en la ley y decretos posteriores, es decir, empresas de medicina prepaga, obras sociales sindicales que comercialicen planes de salud de adhesión voluntarios, superadores y/o complementarios por mayores servicios médicos y cooperativas, mutuales, asociaciones civiles y fundaciones.

  • El Padrón de Usuarios se creará a partir de la información proporcionada por las entidades que obligatoriamente deberán inscribirse en el registro para ser utilizado por el sistema público de salud, manteniendo la confidencialidad de datos.
  • e. Modos de rescindir el contrato
  • Los modos de extinguir el contrato son diferentes para usuario y empresa.

Se prevé una rescisión unilateral a favor del usuario. El usuario puede rescindir el contrato en cualquier momento sin limitación y penalidad alguna. Este derecho puede ejercitarlo solamente una vez al año para evitar un ejercicio abusivo de derechos (10).

  1. La reglamentación expresamente establece que no puede supeditarse el ejercicio de esta rescisión a la previa cancelación de sumas adeudadas a estas empresas.
  2. La ley expresaba que sí podía rescindirlo por falta de pago.Con mejor criterio, el decreto perfecciona la norma hablando de resolución -dado que es el único modo de extinguir un contrato por incumplimiento-.

Los efectos contractuales de una resolución o rescisión son diversos, así como los motivos que ocasionan la extinción del vínculo. La resolución por parte de la empresa puede operar basada en dos causales: – falta de pago de tres cuotas íntegras y consecutivas, en cuyo caso la empresa deberá constituir en mora al usuario intimándolo a regularizar el pago íntegro de las sumas adeudadas en un plazo de diez días hábiles, vencido el cual podrá extinguir el vínculo contractual; – por falsedad de la declaración jurada, debiendo acreditar la mala fe del usuario en los términos del art.1198 del Código Civil (11).

  1. Se estima importante señalar que estos modos extintivos seguramente tienen como causa algunas decisiones judiciales que han ido resolviendo cuestiones puntuales en cuanto a la rescisión intempestiva del contrato por parte de la empresa, que dejaba en indefensión al usuario y en algunos casos al grupo familiar.
  2. En tal sentido se ha dicho que
  3. «Corresponde hacer lugar a la acción de daños y perjuicios incoada contra una empresa de medicina prepaga, por los integrantes de un grupo familiar que fueron desafiliados de la cobertura de asistencia médica contratada con fundamento en que uno de ellos habría omitido indicar una patología preexistente en la declaración jurada que precedió a su afiliación, pues la ilegitimidad de la desafiliación del grupo actor ha sido expresamente establecida en la sentencia dictada en una acción de amparo y esa decisión hace cosa juzgada en relación a la conducta de la demandada» (12).

f. Períodos de carencias.’Períodos de acceso progresivo’

  • Por período de carencia se entiende «el tiempo de espera a que se encuentra sujeto el adherente para acceder a los beneficios médicos, según las especificaciones contenidas en los reglamentos» (13).
  • Este período manifiesta una relación directa con el análisis de costos-beneficios que las empresas han tenido en cuenta al ofrecer sus prestaciones de salud, evitando asumir prestaciones muy costosas cuando recién han contratado con el beneficiario.
  • La nueva ley dispone que los períodos de carencia solo podrán ofrecerse para el acceso a las prestaciones sanitarias superadoras o complementarias al Programa Médico Obligatorio.

Cabe destacar que el Programa Médico Obligatorio (PMO) ya ha sido dispuesto previamente por la Ley 24.754 para planes médicos prepagos, expresando las prestaciones obligatorias mínimas y básicas en salud, que evidentemente encontraron fundamentación en el interés del público existente que contrata a través de este medio.g.

Declaración jurada. Enfermedades preexistentes La empresa médica, previamente a la contratación, impone una declaración jurada de enfermedades y de antecedentes de salud del futuro usuario. Antes de esta ley las enfermedades preexistentes operaban como causal de rescisión contractual o de no-admisión.

Es habitual y necesaria la confección de este documento, pues aporta veracidad en la información que la empresa tiene derecho a conocer. Las partes deben sujetarse a la buena fe contractual en la relación previa a la contratación y durante la misma. Es sabido también que si de dicha declaración se derivaran dudas razonables del estado de salud del contratante, la empresa puede solicitar se realice un chequeo médico.

  1. No puede olvidarse que quienes se encuentran a cargo de la promoción de estos servicios son promotores, no médicos, por lo cual su labor se reduce a reclutar contratantes y en algunas oportunidades no pueden aparecer prima facie las dolencias existentes.
  2. Aun es posible que la dolencia se haya gestado durante un tiempo y posteriormente se manifieste.Los avances en el campo genético prueban que muchas veces ciertos individuos son propensos a desarrollar algunas enfermedades.

«Sobre el problema del origen de la dolencia, ni el paciente, ni muchas veces el médico, tienen un conocimiento relevante que pueda ser transmitido de manera de constituirse en base del negocio asegurativo.» (14) Podría decirse que en este plano domina la inseguridad.

Ahora bien, la ley se define estableciendo que las enfermedades preexistentes «solamente pueden establecerse a partir de la declaración jurada del usuario y no pueden ser criterio del rechazo de admisión de los usuarios» (15) y que la autoridad de aplicación autorizará valores diferenciales justificados para la admisión de este tipo de usuarios.

La Superintendencia de Servicios de Salud establecerá y determinará las situaciones de preexistencia que podrán ser de carácter temporario, crónico o de alto costo. Los valores diferenciales autorizados no podrán ser mayores a tres años consecutivos, al cabo de los cuales la cuota deberá ser la normal del plan acordado.h.

Grupo familiar La ley adopta un criterio en cuanto al grupo familiar, comprendiendo al grupo primario integrado por el cónyuge del afiliado titular, los hijos solteros hasta los 21 años no emancipados, los hijos solteros del titular aún hasta 25 años si cursan estudios regulares oficialmente reconocidos por autoridad competente, los hijos incapacitados a cargo del afiliado titular, los hijos del cónyuge, los menores cuya guarda o tutela detenten mediante autorización judicial o administrativa, quienes tengan unión de hecho con el titular de idéntico o diverso sexo.i.

Antigüedad. Edad

  1. La edad no puede ser considerada como motivo del rechazo de admisión a la contratación.
  2. La autoridad de aplicación puede autorizar porcentajes de aumento de costos según riesgo para los distintos tipos etarios.
  3. Las personas mayores de 65 años que posean una antigüedad mayor a diez años en las empresas no pueden recibir aumentos por razones de edad.

j. Modelos contractuales. Información.Publicidad La Superintendencia de Servicios de Salud dictará las resoluciones pertinentes que fijen las pautas a las que deberán ajustarse los modelos de contrato a implementarse por parte de las empresas médicas. Con anterioridad, la Ley de Defensa del Consumidor y del Usuario ha dado un tratamiento importante a la información que debe acompañar al contrato y la publicidad referente al mismo: «El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada, todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes o servicios que provee, y las condiciones de su comercialización.

  • En tal sentido se establece que
  • « deberán explicitar claramente las prestaciones cubiertas y detallar pormenorizadamente las excluidas de la cobertura no pudiendo hacer referencias genéricas respecto de enfermedades de escasa aparición» (17).
  • La empresa tiene en cuenta para seducir a contratar al particular ciertos elementos, sirviéndose en particular de la publicidad, que en muchos casos impulsa al consumidor o usuario en forma casi irracional a formar parte del sistema, pues se utilizan distintas técnicas probadas y efectivas. La publicidad es vinculante respecto a este contrato de consumo:
  • «Las estrategias subliminales actúan así con celeridad en el control de las masas -en forma individual y social- y crean necesidades Al ser los mensajes destinados a un consumidor colectivo, la comunicación resulta posible por la utilización de códigos comunes, aceptados masivamente, esto es lo que convierte el hecho de meramente individual en social» (18).
  • h.Costos
  • La nueva reglamentación dispone que la Superintendencia de Servicios de Salud implementará la estructura de costos que deberán presentar las entidades, con cálculos actuariales, prestaciones, tecnologías nuevas y cualquier otra circunstancia que considere que incide sobre los costos de las cuotas de los planes ya autorizados, así como autorizará los incrementos de cuotas en los planes ya aprobados previo dictamen vinculante de la Secretaría de Industria y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
  • IV. CONCLUSIONES
  • Si bien el propósito de la ley ha sido loable -defender al usuario d e servicios médicos de salud-, a primera vista se observan algunos defectos de carácter sustancial.

Existen algunas imprecisiones que reflejan un criterio intervencionista ante la empresa privada, en el que se han dejado de lado a las obras sociales sindicales en general, quienes no son parte de los contralores propuestos, lo que sí es importante. Sí se las controla cuando ofrezcan planes superadores, lo que parece insuficiente.

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El derecho a la salud pesa en primer lugar sobre el Estado, que si bien intenta proteger al ciudadano -recogiendo algunas premisas solicitadas por los particulares a través de la excepcional vía del juicio de amparo-, lo hace en forma inequitativa y parcial, trasladando algunos riesgos que le son propios.

———- (1) Lorenzetti, Ricardo L.: La empresa médica, Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 1998, p.123. (2) Ib., p.128. (3) Ib., p.129. (4) Ley 26.682, art.2. (5) Íd., art.5. (6) Decreto 1993/11, art.4, y Resolución (MSN) 1276/11, art.1. (7) Decreto 1991/11, art.1. (8) Decreto 1993/11, art.1.

(9) Ley 26.682, art.5. (10) Ley 26.682, art.9 y Decreto 1993/11. (11) Íd. (12) CNCom, Sala D, 23/4/2008, «M.E. y otros c/ S.P.M.», LL 9 de agosto de 2008. (13) Ghersi, Carlos et al.: Contrato de medicina prepaga, Astrea, 1999, p.227. (14) Lorenzetti, op. cit. nota 1, p.152. (15) Ley 26.682, art.1. (16) Ley 26.361, art.4 (17) Decreto 1993/11, art.6.

(18) Ghersi, op. cit. nota 13, p.146. (*) Abogada. Profesora Adjunta de Contratos Civiles y Comerciales, Facultad de Derecho, UBA. Abogada del Comité de Ética de la Sociedad Argentina de Ensayos Clínicos. Abogada de la Comisión de Ensayos Clínicos, UBA. : El derecho a la salud.
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¿Qué es un plan abierto?

Un plan médico abierto es aquel que le permite al afiliado atenderse en cualquier profesional, aunque el mismo no se encuentre en la cartilla de la empresa elegida.
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¿Cuál es el mejor plan de salud en Chile?

🥇 Ranking de Isapres oficial 🥇

Isapre Puntaje Plan
Esencial 5,7 Ver Plan
CruzBlanca 4,4 Ver Plan
VidaTres 4,4 Ver Plan
Banmédica 4,2 Ver Plan

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¿Qué es mejor Swiss Medical o OSDE?

Ranking de MiObraSocial Cuáles son las mejores coberturas médicas de Argentina? – Publicado: Jueves, 11 Abril 2019 13:38 (Buenos Aires).- MiObraSocial, publicó un ranking sobre cuáles son las mejores 10 prepagas y obras sociales del país, en base a las opiniones de 10.000 usuarios, ¿Cuál tiene el mejor precio? ¿Y la mejor oferta en su cartilla? ¿Quién brinda una más amplia cobertura geográfica? MiObraSocial, un comparador de servicios de medicina prepaga y obras sociales centrado en las experiencias de los usuarios, construyó este top ten de las pre pagas y obras sociales más destacadas a partir de las 10.000 interacciones dejadas en el portal – www.miobrasocial.com.ar -por sus seguidores, durante todo el 2018.

En nuestro sitio web los usuarios podrán encontrar información de todas las coberturas médicas del país y, a su vez, leer experiencias y opiniones reales; toda la información crucial para hacer un primer filtro al momento de elegir una cobertura en salud, explica Ignacio Cámpora, socio fundador de MiObraSocial.

Y agrega Luego de ese análisis, el visitante puede dejar sus datos y solicitar de una sola vez asesoramiento sobre más de 60 planes médicos. Esto se hace llenando un solo formulario, en menos de 1 minuto, Quienes ingresan al portal, también dejan sus experiencias.

  1. Durante 2018, fueron 10.000 personas en total las que opinaron sobre los servicios que reciben o recibieron de obras sociales y pre pagas.
  2. La muestra se compone en un 64% de mujeres y un 36% de hombres,
  3. El 35% tienen entre 25 y 34 años de edad; el 26%, va de los 35 a los 44; el 15%, de los 45 y 54; el 14%, entre 55 y 54; un 4%, de 18 a 24; y un 5%, son mayores de 65 años.

Geográficamente se distribuyen un 39%, en CABA ; el 36%, dentro de la provincia de Buenos Aires; el 9%, en Córdoba ; un 5%, de Santa Fe ; y el 3%, en Mendoza, MiObraSocial analizó los datos y obtuvo un estudio confiable que determinó cuáles son las que mayor satisfacción tienen entre sus afiliados.

  1. Éstos ingresaron a la ficha de cada empresa de salud y votaron, tomando una escala de 1 al 5, y/o vertieron su opinión.
  2. Se tomó como “satisfechas” a las personas que calificaron con 4 ó 5 puntos.
  3. A su vez, solo se consideraron las variables con más de 100 votos; es decir, si para una variable una empresa obtuvo menos de 100 votos, no entró en el análisis.

En forma aleatoria, además, le mostramos a nuestros usuarios una encuesta más extensa que podían responder de manera opcional. En simultaneo, elaboramos estudios cualitativos con clientes de prepagas y obras sociales para conocer cuáles son los motivos que los llevan a puntuar bien o mal a su cobertura médica, destaca Cámpora.

  • A nivel general, se observa una gran diferencia en los índices de satisfacción entre empresas de medicina prepaga y obras sociales, siempre a favor de las primeras.
  • Veremos en detalle que sucede en cada situación.
  • Lo mejor y lo peor de una cobertura médica Al momento de escoger su seguro de salud, las personas le conceden gran importancia, principalmente, a estos tres aspectos: la cartilla médica, considerando la cantidad de prestadores y su distribución geográfica; los centros propios, según su ubicación y prestigio médico; y la atención y gestión, aspecto que se resumen en la facilidad para el acceso a los servicios de salud.

Aquellas coberturas que ofrecen accesos a los turnos en el corto plazo o prioridad para obtenerlos, junto con múltiples vías de acceso a ellos (web, teléfono, app móvil), son destacadas. Lo mismo ocurre si tienen una amplia cartilla de prestadores. Entre los aspectos negativos señalados por los usuarios, hacen punta los sistemas de copagos, la necesidad de autorizaciones y el pago de complementos o plus.

  • Estos aspectos, son una modalidad muy utilizada, sobre todo, por las obras sociales.
  • Aunque dentro de este ítem, los mayores cuestionamientos están vinculados a la burocracia en la gestión, para la que reclaman sistemas ágiles en entornos web.
  • Atención al cliente La satisfacción de los usuarios de pre pagas en nada se parece a la de quienes usan una obra social.

Las primeras obtuvieron un índice de satisfacción del 65%, en oposición a las segundas que solo alcanzaron un 30%. Este ítem es liderado por OSDE, que aventaja por diez puntos a sus competidoras. La disputa por el segundo lugar, con escasa diferencia entre sí, se da entre Medicus, Swiss Medical, Galeno, Medifé, Omint y Accord Salud, de las obras sociales, en tanto, se ubica Luis Pasteur, que se destaca del resto porque en el ranking general se ubicaría en quinto lugar, con un 66% de satisfacción. Oferta de prestadores dentro de la cartilla Otro aspecto crucial es qué tan extensa y completa es la cartilla médica, que incluye médicos, profesionales en consultorios, sanatorios, etc.; así como aquellas que poseen centro de salud propios.

  1. En este último caso, debido a su red de sanatorios propios, Swiss Medical obtuvo el más alto índice de satisfacción, un 87% ; solo dos puntos por encima de OSDE, quien alcanzó un 85%,
  2. Muy cerca, superando el 70%, se enlistan Medifé, Galeno y Medicus,
  3. Detrás, apenas por debajo del 70%, Omint, Accord y el Plan de Salud del Hospital Italiano (en el que sobresale su hospital central).

En este ítem las obras sociales también fueron evaluadas de forma negativa, distanciándose otra vez en relación con las pre pagas. La excepción, nuevamente, fue la Luis Pasteur, que otra vez se destacó con niveles muy cercanos al 70% de satisfacción. Cobertura en todo el país Este aspecto hermana a las pre pagas con las obras sociales, ya que todas obtienen bajos niveles de satisfacción. Aunque OSDE se transforma en la excepción, dado que roza el 90% de complacencia por su extensa cobertura geográfica. El mejor precio En este ítem la ecuación se invierte en detrimento de las pre pagas. Aquellas que obtuvieron altos índices de satisfacción, aquí son sancionadas por sus usuarios dado las elevadas cuotas. Así, un 65% de los clientes de OSDE considera que abona una cuota alta en función de los servicios recibidos.

  • Debido a ello, en esta categoría surgen opciones más económicas y queda trazado un nuevo perfil de consumidor: uno que prefiere pagar menos y resignar comodidad o servicios de alto valor agregado.
  • En este punto, sorprende Hominis, debido a que recoge un alto índice de satisfacción en relación a los precios que presenta: casi el 80% de sus beneficiarios considera que paga un precio justo.

Muy cerca rankean Accord, Medicus, Galeno y Omint. Ranking Las mejores Prepagas de Argentina

Federada Salud (4,33 sobre 5) Apres Salud (4,33 sobre 5) Medicus (3,67 sobre 5) OMINT Cobertura Médica Prepaga (3,67 out sobre 5) Bristol Medicine (3,58 sobre 5) AcaSalud (3,48 sobre 5) Galeno (3,40 sobre 5) Prevención Salud (3,36 sobre 5) Swiss Medical (3,34 sobre 5) Plan de Salud del Hospital Italiano (2,95 sobre 5)

Las mejores Obras Sociales de Argentina

FEMEBA Obra Social de los Médicos de la Provincia de Buenos Aires (4,25 sobre 5) OSCHOCA Obra Social de Camioneros (4,25 sobre 5) DASUTeN (3,88 sobre 5) Andar Obra Social (3,80 sobre 5) OSPACA Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino (3,78 sobre 5) OSPE Obra Social de Petroleros (3,74 sobre 5) Jerárquicos Salud (3,69 sobre 5) Luis Pasteur (3,68 sobre 5) OSPRERA Obra Social del Personal Rural

Más informaciín en MiObraSocial Fuente: SI Cpmunicación
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¿Cuál es la mejor prepaga de Argentina 2022?

Mejores en Cartilla y prestadores – Osde vuelve a encabezar este ranking con un 92% de satisfacción. Resaltando por su presencia nacional y centros propios en Amba, la empresa Medicus obtuvo el segundo lugar. Dentro del Top 5 aparecen, además de Galeno (una de las 3 más grandes), dos empresas de segmento medio: Medifé y Sancor Salud.
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¿Cuánto cuesta OSDE por mes?

Precio de Osde 210 en 2022 Si tomamos como referencia 1 persona de 30 años, el precio de la cuota mensual de Osde 210 en 2022 es de $23993.
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¿Qué es un sistema social cerrado?

La clasificación más habitual separa los sistemas abiertos de los sistemas cerrados, es decir aquellos que tienen fuertes vinculaciones con el exterior de aquellos que se caracterizan por funcionar sin importar el medio que lo rodea Los sistemas cerrados son aquellos que tienen un comportamiento autónomo, y no tienen una interacción con otros agentes físicos situados fuera de él.

Ver además: Sistemas abiertos, cerrados y aislados

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¿Qué diferencia hay entre el sistema cerrado y abierto?

Primer Principio de la Termodinámica. Sistemas termodinámicos Un sistema termodinámico (también denominado sustancia de trabajo ) se define como la parte del universo objeto de estudio. Un sistema termodinámico puede ser una célula, una persona, el vapor de una máquina de vapor, la mezcla de gasolina y aire en un motor térmico, la atmósfera terrestre, etc.

  1. El sistema termodinámico puede estar separado del resto del universo (denominado alrededores del sistema ) por paredes reales o imaginarias.
  2. En este último caso, el sistema objeto de estudio sería, por ejemplo, una parte de un sistema más grande.
  3. Las paredes que separan un sistema de sus alrededores pueden ser aislantes (llamadas paredes adiabáticas ) o permitir el flujo de calor ( diatérmicas ).

Los sistemas termodinámicos pueden ser aislados, cerrados o abiertos,

Sistema aislado : es aquél que no intercambia ni materia ni energía con los alrededores. Sistema cerrado : es aquél que intercambia energía ( y ) pero no materia con los alrededores (su masa permanece constante). Sistema abierto : es aquél que intercambia energía y materia con los alrededores.

En la siguiente figura se han representado los distintos tipos de sistemas termodinámicos.

A lo largo de estas páginas trataremos los sistemas cerrados, Cuando un sistema está aislado y se le deja evolucionar un tiempo suficiente, se observa que las que describen su estado no varían. La temperatura en todos los puntos del sistema es la misma, así como la presión. En esta situación se dice que el sistema está en equilibrio termodinámico,
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¿Qué diferencias hay entre sistema abierto y cerrado?

El sistema abierto es aquel donde energía y materia pueden entrar o salir del sistema. El sistema cerrado es aquel donde hay transferencia únicamente de energía. El sistema aislado no permite ni la entrada ni la salida de energía o materia.
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¿Qué contiene un plan de salud?

Que es un Plan de Salud Definición ✔ – Planes de Salud Que Es Un Plan Cerrado De Salud Mejores Planes de Salud Es fundamental comprender la definición de Plan de Salud; solo así vamos a tomar consciencia de lo importante que es contar con uno. Un Plan de Salud es una herramienta, a través de la cual podemos tener cubiertos todos los gastos relacionados con nuestra salud y la de nuestro grupo familiar ; lo único que tenemos que hacer es abonar una cuota mensual en la obra social o prepaga que más nos guste.
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¿Qué cubre el plan basico de salud?

El Plan Básico de Salud brindará atención integral a la población afiliada en sus fases de educación, información y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, incluido el suministro de medicamentos esenciales para los regímenes contributivo y contributivo subsidiado
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¿Qué es un plan ilimitado abierto?

Consume todo el cargo fijo de plan realizando llamadas a diferentes destinos: en tu municipio, dentro de tu departamento o en el país, la tarifa por minuto a cualquier destino será la misma que tienes para llamar a tu vecino. Una vez agotes el saldo de tu plan podrá realizar llamadas adicionales a la misma tarifa del minuto dentro del plan.

·Es un plan que asigna una bolsa de dinero mensual de acuerdo con el valor mensual del Plan seleccionado. De la bolsa de dinero se descuentan minuto a minuto las llamadas dentro del municipio, dentro del departamento y a nivel nacional, estas últimas siempre y cuando se realicen a través del Prefijo LD EDATEL 0447. Las llamadas dentro del municipio, departamento y nacionales tendrán la misma tarifa IVA incluido. Los minutos adicionales tienen el mismo valor que el minuto dentro del plan. ·Para las llamadas dentro del municipio realizadas por los usuarios en Estratos 1 y 2 se aplicará el subsidio y la exclusión de IVA correspondientes. El usuario podrá realizar llamadas de larga distancia nacional o internacional a través del multiacceso, o a móviles, las cuales serán facturadas por EDATEL al usuario, al valor establecido por cada proveedor del servicio utilizado.

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¿Qué es un plan doble?

Preguntas Frecuentes 01- ¿Qué significa “Sujeto a disponibilidad”? Sujeto a disponibilidad significa que para concretar una reserva, el vendedor deberá verificar con los respectivos prestadores de servicios, que aun haya servicios disponibles a la tarifa indicada.02- ¿Qué es la “vigencia” de un paquete turístico? La vigencia indica la fecha hasta la cual es posible utilizar los servicios correspondientes al paquete en cuestión, a la tarifa expresada para ese período.03- ¿Cómo se expresan las tarifas en turismo? Las tarifas se expresan por persona en base habitación doble standard.04 – ¿Qué es “tarifa en base doble”? La tarifa en base doble significa que el importe es por persona con la condición de que los servicios sean contratados por 2 personas, compartiendo la misma habitación.05 – ¿Qué es la “tarifa en base triple”? La tarifa en base triple significa que el importe es por persona con la condición de que los servicios sean contratados por 3 personas, compartiendo la misma habitación.06 – ¿Qué es la tarifa en base cuádruple”? La tarifa en base cuádruple significa que el importe es por persona con la condición de que los servicios sean contratados por 4 personas, compartiendo la misma habitación.07 – ¿Qué es el “Family Plan”? El Family Plan es una tarifa con descuentos especiales para los grupos familiares.

La tarifa en family plan está expresada por persona, por cada uno de los integrantes del grupo familiar, con la condición de que viajen la cantidad de adultos y menores según se estipule en cada ocasión, compartiendo la misma habitación.08 – ¿Qué es “3er pasajero gratis”? Se trata de un tipo de descuento, que se puede aplicar únicamente en los casos en que viajen 3 personas.

Así, el 1er y 2do pasajero pagan la tarifa completa más impuestos, mientras que el 3er pasajero solamente abona los impuestos, compartiendo la misma habitación.09 – ¿Qué es “2 x 1”? Es una tarifa promocional que permite la utilización de los servicios por parte de 2 personas.

El 1er pasajero abona la tarifa completa más impuestos, mientras que el 2do solamente paga impuestos.10 – ¿Qué es “up-grade”? El “up grade” es la posibilidad de acceder a una categoría mayor en los servicios, siempre y cuando el establecimiento o compañía posean disponibilidad.11 – ¿Qué significa All Inclusive o Todo Incluido? El sistema Todo Incluido brinda al pasajero durante su estadía todas las comidas y bebidas alcoholicas y no alcoholicas.

De esta manera, están incluidos desayunos, almuerzos, cenas, snacks entre comidas, meriendas y buffets.12 – ¿Qué significa Pensión Completa? El régimen de Pensión Completa ofrece al pasajero durante su estadía las 3 comidas principales: desayuno, almuerzo y cena por cada noche de alojamiento.

  1. No incluye las bebidas 13 – ¿Qué significa Media Pensión? El régimen de Media Pensión ofrece al pasajero por cada noche de alojamiento: desayuno y una de las comidas (almuerzo o cena).
  2. No suele incluir bebidas.14 – ¿Qué significa Early Check In? Early Check In es un beneficio que ofrecen los hoteles al permitir el ingreso de los pasajeros en un horario anterior al estipulado reglamentariamente 15 – ¿Qué significa Late Check Out? Late Check Out es un beneficio que, promocionalmente, ofrecen los hoteles al permitir la salida de los pasajeros en un horario posterior al estipulado reglamentariamente 16 – ¿En qué consiste el Bar & Snacking Free? Este servicio le permite degustar, en cualquier momento del día o durante los horarios de apertura de los bares de algunos resorts, de cierto tipo de bebidas además de snacks compuestos por bocadillos dulces y salados 17 – A que hora es el check in / check out? En la mayoría de los hoteles el check in es a las 15 hs y el check out es las 10 hs.

: Preguntas Frecuentes
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¿Qué significa Cobertura por cartilla?

La cartilla médica es una guía que le permite al usuario y su grupo familiar acceder a todos los servicios que le ofrecen las Obras Sociales Nacionales. La cartilla consta de tres partes: Programa Médico Obligatorio: prestaciones básicas que debe cubrir la Obra Social Nacional.
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¿Qué significa no tener cobertura?

Falta de cobertura Esto ocurre porque has salido del área de cobertura de la empresa que te brinda el servicio.
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¿Qué se refiere con cobertura?

Una cobertura es una inversión u operación concebida para reducir la exposición existente al riesgo. El proceso de reducir el riesgo a través de inversiones también se denomina hedge o hedging, La mayoría de operaciones de cobertura consisten en adoptar posiciones que compensan otras posiciones que se tienen abiertas.

Por ejemplo, una cobertura podría ser un contrato de futuro sobre unas acciones que permite compensar el riesgo que se ha adquirido al comprar esas mismas acciones. No obstante, la cobertura puede manifestarse de muchas formas. También se puede comprar un activo que tiende a moverse en sentido inverso al del activo que posee.

Una cobertura que elimina todo el riesgo de una posición —salvo el coste de la cobertura en sí— se denomina cobertura perfecta pero, por regla general, los inversores solo intentan cubrir una parte de su posición.
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¿Qué es tener cobertura?

Cobertura es un término derivado del latín coopertūra que tiene múltiples usos. Una cobertura puede ser una cubierta : aquello que se emplea para cubrir o proteger algo, Por ejemplo: “Antes de cortar el queso, quítale la cobertura de plástico”, “Me encanta la cobertura de chocolate que tiene este budín”, “La cobertura que le puse al automóvil no sirvió de nada: la tormenta lo afectó de todas formas”,

En el ámbito de los medios de comunicación, se llama cobertura al trabajo que realizan los periodistas y los operadores técnicos para informar sobre un determinado acontecimiento, generalmente desde el lugar de los hechos: “El canal realizará la cobertura de la Copa del Mundo con un equipo de veinte periodistas”, “La revista hizo una gran cobertura del concierto de Lady Gaga”, “No me gustan las coberturas que realiza este diario de los sucesos policiales”,

En este contexto, las empresas dedicadas a la comunicación cubren los gastos de sus empleados y organizan todos los detalles de los viajes, desde las fechas hasta el alojamiento, para poder mantener un control sobre las actividades que se realizan en su nombre.

Los periodistas independientes, por otro lado, se hacen cargo de todas estas cuestiones, de modo que pueden adaptarse a los cambios de planes imprevistos sin necesidad de dar explicaciones a un tercero. También se denomina cobertura al porcentaje o la extensión que abarcan determinados servicios o actividades : “Con este plan, usted tendrá cobertura nacional e internacional y podrá utilizar su teléfono en cualquier lugar”, “La cobertura del gas natural no llega ni siquiera al 30% del municipio”, “Lamento informarle que su cobertura médica no incluye este tipo de prestaciones”,

Con respecto a los servicios de telefonía, este término se usa muy a menudo para describir las características de los diferentes planes y tarifas. Por lo general, en las grandes ciudades la cobertura es óptima, mientras que disminuye a medida que nos alejamos hacia las zonas rurales; de hecho, incluso en la actualidad existen partes del mundo desde las cuales es imposible comunicarse por vía telefónica o acceder a las redes de Internet, Cuando nos enfocamos en el ámbito de la medicina privada, la cobertura se convierte en un tema aún más delicado, ya que a causa de la división jerárquica en planes deja a muchas personas desprotegidas ante ciertas situaciones de riesgo. Aunque parezca mentira, los médicos que trabajan en clínicas privadas no pueden atender a quienes no pertenezcan a la entidad ni a los pacientes que no los tengan en su plantilla, por haber contratado una tarifa inferior.

  1. En el contexto del deporte, la cobertura es la línea de la defensa : “La cobertura no llegó a tiempo y así el delantero brasileño tuvo mucho tiempo para controlar el balón, rematar y anotar el primer gol de su equipo”, “El entrenador no está conforme con la cobertura”,
  2. Si nos centramos en las finanzas, por último, una cobertura es una serie de operaciones que permiten minimizar o anular el riesgo de un pasivo o de un activo financiero.

Se conoce con el nombre de notificador de cobertura a un dispositivo que emite un sonido o una vibración cuando en una determinada zona geográfica no detecta cobertura. Se trata de un aparato esencial para servicios de emergencias o seguridad. En cuanto el usuario vuelve a una zona con cobertura, el sonido o la vibración se detienen.
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¿Qué es una cobertura en un seguro?

La cobertura de un seguro de auto es el compromiso que asume la empresa aseguradora para ayudarte a reparar las afectaciones en caso de incidentes; es decir, las afectaciones a tu vehículo, a quienes viajan contigo, a los demás conductores o a ti por las que obtendrás un apoyo financiero.
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